Por: Magaly Preciado Reyes y Vanessa Garza Figueroa
Ahora que se ha puesto en los reflectores el tema del acoso y el hostigamiento sexual, quizá te has preguntado cuál es el papel de tu empresa para prevenirlo, cómo atender denuncias del personal, e incluso qué actos constituyen acoso y cuáles no.
En las empresas, tocar este tema suele ser motivo de preocupación e incertidumbre, pues lo primero en lo que pensamos es en el riesgo de una demanda jurídica, o en el posible daño a la reputación de la compañía. O bien, no sabemos cómo responder a preguntas sobre acoso u hostigamiento sexual y preferimos evitar estas conversaciones por temor a equivocarnos, esperando que al evadir del tema, mágicamente no se convierta en un problema.
Lamentablemente, el acoso sexual es una situación que está profundamente arraigada en nuestra cultura, por lo cual ninguna empresa está realmente exenta de vivir con la problemática, incluso aquellas que promueven valores de respeto o que cuentan con códigos de ética y reglas de conducta.
Por tanto, para empezar a combatirlo, hay que sacar al acoso sexual del cajón de “temas tabú” de nuestro lenguaje organizacional. Reconocer la existencia del problema es el primer paso para resolverlo: si no hablamos del tema, más que evitarlo podríamos estar perpetuando las circunstancias que facilitan su existencia.
El acoso y el hostigamiento sexual no son temas nuevos, pero ha tomado mucho tiempo ponerlos en la agenda pública y lograr que se discutan en diferentes sectores. En México, el hostigamiento sexual está tipificado como delito en el Código Penal Federal desde 1991, y en 2007 se conceptualizó en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. Por su parte, el Gobierno Federal ha ofrecido herramientas al sector privado para atenderlo, como el Modelo de Equidad de Género (de 2003
a 2012) y la Norma Mexicana en Igualdad Laboral y No Discriminación (desde 2009).
Ciertamente, el acoso y el hostigamiento sexual puede ser ejercido y sufrido tanto por mujeres como por hombres. Sin embargo, las condiciones históricas de inferioridad debido a los roles de género atribuidos a las mujeres en el ámbito laboral y económico, las convierten en las principales víctimas de discriminación y violencia sexual en los lugares de trabajo formales e informales (1). Es por ello que agencias internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización de las
Naciones Unidas (ONU) reconocen el problema como una forma de discriminación por sexo, y de violencia contra las mujeres.
La presencia de conductas de acoso sexual en el trabajo crea un entorno laboral ofensivo, hostil y de baja productividad. Las víctimas, e incluso quienes atestiguan estas conductas, se desmoralizan, disminuyen su desempeño, y muchas veces prefieren cambiar de trabajo antes que denunciar. Abordar el tema resulta primordial para las empresas, pues permitirá ofrecer a su personal un lugar de trabajo respetuoso y sano, además de evitar la rotación de personal, la baja productividad y otros riesgos
laborales.
Para empezar a prevenir y atender el acoso y el hostigamiento sexual en nuestros lugares de trabajo, primero debemos diagnosticar el nivel y tipo de violencia organizacional existente. Posteriormente, analizar los resultados del diagnóstico para planear una estrategia que tome en cuenta el contexto de la organización y las situaciones presentes. Enseguida, implementar (o revisar) los planes de acción, métricas, protocolos, etc. Finalmente, evaluar si las acciones implementadas reflejan un cambio y nuestro clima laboral se dirige a las situaciones esperadas, ajustando donde sea necesario.
Para lograr todo lo anterior, el paso más importante será que la dirección de la empresa tome la decisión de afrontar la problemática: Comprometerse y aprovechar la oportunidad de incidir en el cambio cultural necesario para lograr un país donde mujeres y hombres se puedan desarrollar profesionalmente, sin discriminación ni violencia de ningún tipo.
(1) OLMO GASCÓN, A.M., “La tutela frente al acoso sexista en el trabajo”, en Violencia contra las mujeres: un enfoque jurídico.
Septem Ediciones, S.L. España, 2011.
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